El documento es el resultado de la cumbre antipederastía que se celebró en febrero en el Vaticano. Abarca el acoso, la violencia sexual, el abuso de poder, la tenencia de pornografía infantil, entre otras cosas.

Semanas después de la histórica cumbre contra la pederastía en la iglesia católica, el papa Francisco cumplió con una de sus promesas: firmó un decreto con una serie de nuevas normas contra los abusadores y encubridores de abusos sexuales.

En base a las conclusiones del encuentro organizado en el Vaticano en febrero, Francisco plasmó nuevos procedimientos para denunciar el acoso y la violencia, y asegurar que los obispos y los superiores religiosos sean responsables de sus acciones.

A lo largo de 19 artículos, el documento papal divulgado este jueves establece la obligación para los clérigos y religiosos de denunciar los abusos. Además, dispone que para 2020 cada diócesis deberá tener un sistema que sea fácilmente accesible al público para recibir informes.

La norma, que entrará en vigencia el 1 de junio, ratifica la presunción de inocencia para las investigaciones y no altera las penas ya dispuestas por las leyes de la Santa Sede, al tiempo que mantiene como «absoluto e inviolable» el secreto de confesión.

El decreto regirá por tres años y busca sancionar las acciones u omisiones de obispos y superiores religiosos «con la intención de interferir o evadir» las investigaciones de los abusos.

Entre las novedades previstas se encuentra la obligación para todas las diócesis del mundo de contar en un año con «uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar informes» sobre los abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, el uso de pornografía infantil y la cobertura de los mismos abusos.

El documento abarca no sólo el acoso y la violencia contra los pequeños y los adultos vulnerables, sino también la violencia sexual y el acoso resultante del abuso de autoridad, así como la tenencia de pornografía infantil.

Esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de acoso a seminaristas o novicios mayores de edad.

Además, identifica, como categoría específica, a la denominada conducta de encubrimiento: consiste en «acciones u omisiones destinadas a interferir o evadir investigaciones civiles o investigaciones canónicas, administrativas o penales, contra un clérigo o religioso en relación con los delitos» de abuso sexual.

El texto establece que, más allá del endurecimiento de las normas, «a la persona investigada se le reconoce la presunción de inocencia» y que se le informará de la existencia de la investigación, cuando así lo solicite la autoridad eclesiástica competente.

  • https://tn.com.ar/internacional/francisco-obliga-por-decreto-obispos-y-religiosos-denunciar-casos-de-abusos-en-la-iglesia_961000

2019-05-09T13:17:30+00:00